FRIZ: CUANDO LA EVIDENCIA APARECE DESPUÉS DE LA DETENCIÓN
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En Zacatecas hay cosas que todo mundo comenta, pero que pocos se atreven a escribir.
Una de ellas es el señalamiento recurrente de que, en algunas detenciones realizadas por elementos de la Fuerza de Reacción Inmediata Zacatecas, la FRIZ, los detenidos terminan ante el Ministerio Público con algo que, según sus familiares o defensores, no llevaban consigo: cargadores, cartuchos o armas.
No hablo de un caso aislado. Es una acusación que se repite entre abogados, familiares y personas que han tenido contacto con el sistema de justicia penal.
La acusación es grave: que después de una detención se incorporan objetos a la evidencia para construir una imputación.
No puede afirmarse que todos los elementos de la FRIZ actúen de esa manera. Pero tampoco podemos ignorar una pregunta que resulta cada vez más incómoda:
¿De dónde aparecen los cargadores y los cartuchos?
Porque hay algo particularmente extraño cuando una persona es detenida y posteriormente se informa que llevaba consigo municiones o cargadores de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, pero no aparece el arma que supuestamente utilizaría esos cartuchos.
Un cargador no es un arma.
Un cartucho tampoco.
Y aunque su posesión puede constituir un delito en determinadas circunstancias, la pregunta sobre su origen sigue siendo indispensable.
¿Dónde fueron encontrados?
¿Quién los encontró?
¿Quién los tomó?
¿Quién los embaló?
¿Quién tuvo contacto con ellos antes de su entrega al Ministerio Público?
Hoy muchas veces sólo tenemos dos versiones: la del detenido, que asegura que esos objetos fueron colocados, y la del policía, que afirma haberlos encontrado.
¿Quién tiene la razón?
No deberíamos tener que adivinarlo.
Deberíamos poder verlo.
Por eso Zacatecas necesita hacer obligatorias las cámaras corporales para los elementos de la FRIZ.
Cada detención debería quedar grabada desde el primer contacto hasta la puesta a disposición. La revisión, el hallazgo de cualquier objeto, su aseguramiento y el traslado deberían formar parte de una grabación íntegra.
Si un policía encuentra un cargador debajo de un asiento, la cámara debe mostrarlo.
Si encuentra cartuchos dentro de una mochila, debe quedar registrado.
Si localiza un arma, también.
Y si los objetos aparecen después, la grabación debería permitir saberlo.
La cámara no debe servir únicamente para vigilar al ciudadano. También debe proteger al policía.
Un elemento que actúa correctamente tendría en ella su mejor defensa frente a una acusación falsa.
Pero para que funcione, deben existir reglas estrictas: la cámara debe permanecer encendida durante la intervención; cualquier interrupción debe quedar registrada; las grabaciones deben conservarse y su acceso debe estar controlado; además, debe existir una sanción cuando deliberadamente se omita grabar una actuación que debía registrarse.
La CNDH ya ha documentado en Zacatecas casos relacionados con detenciones arbitrarias y uso excesivo de la fuerza, entre ellos hechos en los que participaron elementos de la FRIZ.
Esto no significa que todos los policías sean abusivos.
Significa que el poder público necesita controles.
Los zacatecanos conocemos las historias. Las hemos escuchado una y otra vez: detenciones sin testigos, golpes, horas que no coinciden entre la detención y la puesta a disposición y, después, la aparición de armas, cargadores o cartuchos.
Quizá en algunos casos sean reales.
Quizá en otros no.
Precisamente por eso necesitamos cámaras.
No necesitamos creer ciegamente en el detenido.
Tampoco necesitamos creer ciegamente en el policía.
Necesitamos evidencia.
Si la FRIZ está haciendo correctamente su trabajo, las cámaras serán su mejor defensa.
Y si alguien está sembrando evidencia, serán también las cámaras las que lo descubran.
Menos versiones. Más evidencia.
Porque en un Estado de derecho, la autoridad también debe poder demostrar lo que dice.

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