TINTERO: OPINIÓN: MTRO LISANDRO CARRILLO FÉLIX

LA DESAPARICIÓN DE LA VERDAD EN EL PROCESO PENAL

Existe una idea profundamente arraigada en la sociedad: que los tribunales están para descubrir la verdad. Cuando ocurre un delito, cuando una persona es detenida o cuando un caso llega ante un juez, la expectativa ciudadana es sencilla y aparentemente razonable: que la autoridad investigue los hechos, encuentre la verdad y castigue al responsable.
Sin embargo, el proceso penal moderno funciona de una manera mucho más compleja y, para muchos, desconcertante. Los jueces no deciden sobre la verdad absoluta de los acontecimientos. Deciden sobre aquello que pudo ser probado legalmente dentro de un procedimiento sujeto a reglas.
La diferencia parece sutil, pero es enorme.
La verdad histórica es aquello que realmente ocurrió. Es el conjunto de hechos tal y como sucedieron en la realidad, con independencia de que alguien pueda demostrarlos. La verdad procesal, en cambio, es la versión de los hechos que logra acreditarse mediante pruebas obtenidas, ofrecidas y desahogadas conforme a la ley.
Entre ambas puede existir una distancia considerable.
Una persona puede ser culpable de un delito y, sin embargo, resultar absuelta porque la investigación fue deficiente, porque las pruebas fueron obtenidas ilegalmente o porque la Fiscalía no logró acreditar los elementos necesarios para sostener una condena. Del mismo modo, una persona puede enfrentar durante años la sospecha pública de haber cometido un delito y, al final, ser declarada inocente porque las pruebas simplemente no fueron suficientes para destruir la presunción de inocencia.
Esto suele generar indignación social. Con frecuencia escuchamos expresiones como: «todos saben que fue él» o «es evidente que es culpable». Pero precisamente porque la historia está llena de errores judiciales, confesiones arrancadas bajo presión, investigaciones fabricadas y acusaciones falsas, el Estado constitucional decidió que la intuición, la fama o la sospecha no bastan para condenar a nadie.
El proceso penal no fue diseñado para satisfacer certezas populares. Fue diseñado para limitar el poder.
Por eso existen reglas sobre la obtención de pruebas, el derecho de defensa, la presunción de inocencia y el debido proceso. No son obstáculos para alcanzar la justicia; son las condiciones mínimas para que la justicia sea compatible con la libertad.
La paradoja es que muchas veces la sociedad exige resultados rápidos y condenas inmediatas, mientras que el derecho exige algo distinto: pruebas sólidas, procedimientos legales y respeto a las garantías fundamentales. Lo que para algunos parece una falla del sistema es, en realidad, una de sus principales virtudes.
Esto no significa que la verdad haya dejado de importar. Significa que el derecho reconoce sus propias limitaciones. Ningún juez estuvo presente cuando ocurrieron los hechos. Ningún tribunal puede viajar al pasado para observar directamente lo sucedido. Todo proceso judicial reconstruye acontecimientos mediante testimonios, documentos, peritajes e indicios. Lo que se obtiene al final no es una verdad absoluta, sino una conclusión alcanzada conforme a reglas previamente establecidas.
Quizá por eso una sentencia no siempre satisface a todos. La justicia no es una máquina capaz de revelar con exactitud matemática lo ocurrido. Es un mecanismo humano, imperfecto, que busca aproximarse a la verdad sin sacrificar los derechos de las personas en el camino.
En tiempos donde las redes sociales emiten veredictos en cuestión de minutos y donde la opinión pública suele exigir respuestas inmediatas, conviene recordar una lección elemental del Estado de derecho: en los tribunales no gana la versión más popular, ni la más escandalosa, ni siquiera necesariamente la que parece más probable.
Gana aquella que logra probarse.
Y aunque esa diferencia pueda resultar incómoda, es precisamente la que separa a la justicia de la arbitrariedad.

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